Ministerio de Hacienda Ofrece Charla Sobre Ley 379-81 a Empleados de la DGDC

Santo Domingo.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones –DGJP-, ofreció una charla a funcionarios y empleados de la Dirección General de Desarrollo de la Comunidad –DGDC-, sobre las condiciones y requisitos que establece la ley 379-81 para el retiro laboral de los servidores del Estado.

La charla celebrada en el salón de actos de la DGDC, estuvo a cargo de José Luis Gómez, encargado de Gestión y Servicios de la –DGJP-, y Joansy Guzmán, analista de la misma entidad, quienes también abordaron los beneficios de la Ley 379-81, que establece el régimen de Pensiones y Jubilaciones de los empleados públicos.

Durante la charla José Luis Gómez, encargado de Gestión y Servicios de la DGJP, explicó al personal de la Dirección General de Desarrollo de la Comunidad, los requisitos para recibir los distintos tipos de pensiones, incluyendo las pensiones por antigüedad y discapacidad.

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“La solicitud de pensión por antigüedad, aplica para todos los afiliados al sistema de reparto que haya prestado servicios en el estado durante Veinte años o más, y hayan cumplido la edad de sesenta años, según lo que establece el artículo 1 de la Ley 379-81”, sostuvo Gómez.

Precisó que en cambio para la solicitud de pensión por discapacidad, aplica también para todo afiliado al sistema de reparto que haya prestado servicios en el estado durante cinco años o más, y solo debe demostrar que sufre invalidez física, una seria enfermedad o impedimento orgánico que lo incapacite del trabajo productivo, según establece el artículo 3 de la Ley 379-81.

De su lado, Joansy Guzmán, analista de DGJP, habló sobre los beneficios de la pensión, explicando que toda persona que cumpla con los requisitos será gratificada de manera positiva por sus años de trabajo y entrega al servicio público.