JCE establece la cuota de género a nivel municipal

En su boleta municipal los partidos políticos deberán postular un mínimo de 466 y un máximo de 698 hombres o mujeres de su propuesta nacional de regidores y la proporción igual en cuanto a los suplentes.

Mientras que en el caso de los 735 vocales de los distritos municipales de todo el país, los límites serán 294 y 441 femeninos o masculinos a nivel nacional.

Con esto se busca cumplir la cuota de género, tal como establece la Ley Electoral de un mínimo de 40% y un máximo de 60% de hombres o mujeres de la propuesta nacional, según contempla la resolución 24-19 de la Junta Central Electoral (JCE) sobre votaciones entre municipios y distritos municipales.

Igualmente esa norma establece que salvo los casos señalados previamente como reservas, las candidaturas propuestas deberán ser aquellas que hayan participado en primarias, convenciones o encuestas celebradas por los partidos.

Votaciones separadas. La citada resolución establece votaciones separadas en los municipios y distritos municipales, tal como establece la Ley Electoral 15-19 en su artículo 104.

Anteriormente los votos de los distritos municipales eran sumados a los municipios, por lo que un alcalde podía ganar en la zona cabecera de su comunidad, pero esos resultados podrían variar cuando se les sumaban las áreas rurales, que escogían un director.

En tal sentido, la disposición ordena que los alcaldes, vicealcaldes, regidores y suplentes sean escogidos por los electores de la demarcación correspondiente al municipio, sin incluir los distritos municipales que formen parte del mismo.

Asimismo, que los directores, subdirectores y vocales sean escogidos por los electores de la demarcación correspondiente al distrito municipal, sin que esos votos se sumen al municipio al que territorialmente pertenezcan.

jce

Alianzas múltiples. Asimismo establece que los partidos políticos puedan hacer alianzas en el ámbito del municipio sin que se incluyan el o los distritos municipales a los que pertenezcan.

Es decir, que dos partidos podrán aliarse en el municipio, pero esto no implicaría necesariamente al distrito o distritos municipales, donde se podrían concertar alianzas diferentes.

El 18 de noviembre vence el plazo para que los partidos registren sus pactos de alianzas municipales.

Tomado de https://hoy.com.do