TSE ratifica sentencia sobre delegados

El Tribunal Superior Electoral (TSE) ratificó ayer la sentencia mediante la cual dispuso que la Junta Central Electoral (JCE) y las juntas municipales deben concretar la asignación y operatividad de los delegados de los partidos políticos para las elecciones del domingo, en función de los pactos de alianza suscritos.

Explica que en sentido estricto, y en función de los convenios, el derecho subjetivo contemplado en el artículo 150 puede operativizarse o concretarse de tres maneras: como de cada partido, como del partido que encabeza la alianza, o como del partido respecto del nivel en que participa de manera autónoma.

Indica que en consecuencia, la acreditación de delegados debe ser si los partidos van aliados en todos los niveles, entonces quien encabeza la alianza tiene derecho a designar un titular y un suplente por cada colegio electoral para desempeñar sus funciones en los tres niveles; si existe alianza en un solo nivel quien encabeza aporta el delegado titular y el suplente; en cambio, en el nivel restante cada partido acredita su delegado titular y su suplente de forma independiente.

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No obstante, si un partido concurre aliado en el nivel presidencial, pero sustenta candidaturas propias en los niveles senatorial y de diputaciones, basta entonces con que acredite un delegado titular y un suplente para ambos niveles, bajo el entendido de que en esos niveles no existen intereses compartidos con otras organizaciones, razón por la cual procede acoger en cuanto al fondo la impugnación.

Tomado de https://hoy.com.do